¿Puede el presidente del Copasst convocar a los miembros del mismo a una reunión por fuera del horario de trabajo?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Puede el presidente del Copasst convocar a los miembros del mismo a una reunión por fuera del horario de trabajo?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que el Copasst hace referencia al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual se conforma de acuerdo con el número de trabajadores que tenga la entidad, sin importar si se trata de un ente privado o público.
Es de anotar que las actividades de carácter administrativo, operacional o institucional dirigidas por las empresas deben ser desarrolladas dentro del horario de trabajo, pues, de no ser así, dicha conducta se podría tomar como vulneración del espacio de descanso o familiar del empleado.