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Clasificación de leasing financiero y operativo

Los contratos de leasing son cada vez más frecuentes en el mundo de los negocios. Con la adopción de los nuevos marcos contables, se hace necesario revisar cada uno de los contratos de arrendamiento para saber si se trata de leasing operativos o financieros.

Fecha de publicación: 11 de mayo de 2016
Clasificación de leasing financiero y operativo
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los contratos de leasing son cada vez más frecuentes en el mundo de los negocios. Con la adopción de los nuevos marcos contables, se hace necesario revisar cada uno de los contratos de arrendamiento para saber si se trata de leasing operativos o financieros.

El arrendamiento es un contrato por el cual el propietario legal de un bien (arrendador) le cede ciertos derechos de uso a un tercero (arrendatario), a cambio del pago de una suma determinada de dinero (canon). El canon puede ser un solo pago al inicio del contrato, al final, o una serie de pagos periódicos a lo largo del plazo del arrendamiento.

“la norma requiere que se contabilice un pasivo derivado del contrato cuando el arrendatario tiene la mayor parte de los riesgos y ventajas del activo”

La principal problemática en torno a los contratos de arrendamiento consiste en reconocer las obligaciones derivadas del contrato, de manera colateral o simultánea con los derechos adquiridos por el arrendatario. Por esta razón, la norma requiere que se contabilice un pasivo derivado del contrato cuando el arrendatario tiene la mayor parte de los riesgos y ventajas del activo.

Los arrendamientos se clasifican en financieros y operativos de acuerdo con la medida en la cual el arrendador le transfiere al arrendatario, de manera significativa, los riesgos y ventajas relacionados generalmente con la propiedad del activo.

En la mayoría de los casos, es evidente que la forma legal del contrato es congruente con su clasificación desde el punto de vista financiero; sin embargo, en algunos casos la conclusión es diferente.

Los principales elementos para clasificar un arrendamiento como financiero u operativo son los siguientes:

a. Valor razonable del activo en comparación con el valor pagado por este a través de los cánones.
b. Vida útil del activo en relación con la duración del contrato.
c. Posibilidad de ejercer una opción de compra en condiciones ventajosas para el arrendatario.
d. Posibilidad de renovar una o varias veces el contrato, en condiciones mejores a las del mercado.

Para efectos de comprender estos aspectos, observemos los siguientes casos:

Arrendamiento de maquinaria

Vida económica del activo: 15 años.
Duración del contrato: 10 años.
Valor razonable de la máquina: $100 millones.
Valor presente de los pagos mínimos del contrato: 90 millones.

En este caso, el contrato se clasificaría como financiero porque el valor pagado a través de cánones de arrendamiento es prácticamente el valor razonable de la máquina. Una vez tomada esta decisión, no es necesario argumentar sobre la vida útil y sobre la opción de compra.

Arrendamiento de vehículo

Vida económica del activo: 15 años.
Duración del contrato: 5 años.
Valor presente de los pagos mínimos del arrendamiento: $80 millones.
Valor razonable del vehículo: $100 millones.
Opción de compra: $10 millones.
Nota: la entidad no espera hacer uso de la opción de compra.

En este caso el arrendamiento se clasifica como financiero, pues el arrendatario está pagando al arrendador, a través de los cánones, prácticamente lo que vale el vehículo.
El hecho de que el contrato cubra la tercera parte de la vida económica y que la entidad no espere hacer uso de la opción de compra, no es relevante en este caso.

Arrendamiento de bodega

Vida económica del activo: 70 años.
Duración del contrato: 10 años.
Valor presente de los pagos mínimos del arrendamiento: $200 millones.
Valor razonable del activo: $250 millones.
Opción de compra: 60% del valor razonable del activo al finalizar el contrato.

Este contrato se clasifica como arrendamiento operativo por las siguientes razones:

  • La duración del contrato no es significativa frente a la vida económica del activo.
  • La opción de compra depende del valor razonable del activo al finalizar el contrato, lo cual significa que los beneficios derivados de una posible valorización, o los riesgos asociados de una desvalorización, recaen sobre el arrendador y no sobre el arrendatario.

Arrendamiento de una oficina administrativa

Vida económica del activo: 70 años.
Duración del contrato: un año, renovable indefinidamente.
Valor presente de los pagos mínimos del arrendamiento: no se puede calcular.
Valor razonable del activo: $250 millones.
Opción de compra: no aplica.

Este contrato se clasifica como operativo por las siguientes razones:

  • La duración del contrato es de solo un año, y no existen condiciones de renovación que beneficien significativamente al arrendatario.
  • Los beneficios derivados de una posible valorización, o los riesgos asociados de una desvalorización, recaen sobre el arrendador y no sobre el arrendatario.
  • El arrendatario puede cancelar el contrato en cualquier momento, sin ningún perjuicio para este.

Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales

* Exclusivo para actualicese.co

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