Juan Fernando Mejía dice que los dos proyectos de colegiatura le cobrarían a los contadores públicos un impuesto indirecto. Contadores deberán pagar por cuotas de inscripción, de sostenimiento, extraordinarias, pagos de inscripción y demás. Juan Fernando Mejía, contador público certificado en IFRS, docente y CEO de globalcontable.com, afirma en #ConferenciasActualícese que hay un par de […]
Juan Fernando Mejía dice que los dos proyectos de colegiatura le cobrarían a los contadores públicos un impuesto indirecto.
Contadores deberán pagar por cuotas de inscripción, de sostenimiento, extraordinarias, pagos de inscripción y demás.
Juan Fernando Mejía, contador público certificado en IFRS, docente y CEO de globalcontable.com, afirma en #ConferenciasActualícese que hay un par de proyectos que buscan privatizar las funciones estatales de vigilancia profesional contable.
El primero, propuesto por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- y el segundo por la Junta Central de Contadores -JCC-.
Sobre el de las mesas de trabajo del CTCP, como lo llama Mejía, desde su punto de vista 300 contadores han sido convocados por la entidad y dicen que representan a los casi 300.000 contadores que hay en el país, lo que se convierte en una democracia participativa más no representativa.
La propuesta de la entidad indica que los contadores públicos deberán pagar «cuotas de inscripción, cuotas mensuales de sostenimiento, cuotas extraordinarias, pagos de inscripción de los solicitantes a contadores y sociedades de contadores, pagos por la renovación de las tarjetas profesionales, por la expedición de certificaciones y por legados y donaciones».
Lo anterior se convertiría en un impuesto indirecto que se le pagaría a una colegiatura profesional contable de carácter obligatorio, no al Estado.
El segundo proyecto se presentó por parte del director de la JCC, con fecha de septiembre de este año (Ante proyecto de Ley Estatutaria Convergencia Contable II).
Llama la atención que en este se habla de un «todos ponen»: «todo contador profesional que aspire a certificar, dictaminar o dar fe pública sobre actos de comercio o ejercer la profesión conforme a la ley, deberá aportar un 1 % de los valores que a cualquier título reciba de la persona natural o jurídica contratantes, valores que serán consignados por estos últimos con destino al Colegio de Contadores Profesionales de Colombia».
Mejía explica que los contadores públicos serían quienes hagan auditorías financieras y los demás serían contadores profesionales.
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