Para lograr tener una mejor comprensión de cómo se establecen esos distintos tipos de vinculación, y saber cual exactamente aplicar en cada caso, es conveniente plantearse algunos ejemplos como los que en este artículo tratamos…
Cuando se hace el estudio de alguna normatividad (sea contable o tributaria) en la cual se hace referencia al tipo de vinculación que puede llegar a existir entre dos o mas entes económicos, es normal encontrarse con los terminos “matriz”, “subordinada”, “filial” y “subsidiaria” (véanse por ejemplo los art.260 a 262 del Código de Comercio, los art.450 y 451 del Estatatuto Tributario Nacional, o las circulares de las distintas superintendencias).
Sin embargo, para lograr tener una mejor comprensión de cómo se establecen esos distintos tipos de vinculación, y saber cual exactamente aplicar en cada caso, es conveniente plantearse algunos ejemplos como los que a continuación esbozamos…
Supóngase que la empresa A Ltda adquiere el 51% del capital social de la empresa B Ltda. A su turno, la Empresa B Ltda adquiere el 51% de la empresa C Ltda.
Con el anterior ejemplo, podemos establecer que la relación que existe entre todas estas empresas sería: