Los pasivos que cumplan con la definición indicada en el estándar deben reconocerse sin excepciones; su omisión en términos fiscales, puede enfrentarse haciendo uso de la figura de normalización tributaria recientemente a la que se refiere la Ley 1739 de 2014.
Los pasivos que cumplan con la definición indicada en el estándar deben reconocerse sin excepciones; su omisión en términos fiscales, puede enfrentarse haciendo uso de la figura de normalización tributaria recientemente a la que se refiere la Ley 1739 de 2014.