DIAN. El servicio de arrendamiento comercial contratado por la EPS, no se encuentra gravado con el impuesto sobre las ventas, siempre y cuando tenga por objeto directo efectuar las prestaciones propias del POS.
DIAN
Concepto 000445
31-03-2015
El servicio de arrendamiento comercial contratado por la EPS, no se encuentra gravado con el impuesto sobre las ventas, siempre y cuando tenga por objeto directo efectuar las prestaciones propias del POS.