Dian expide el Concepto 0065 de 2021, mediante el cual se pronuncia respecto a los elementos que deben ocurrir para que proceda la exclusión del IVA sobre contratos de obra pública.
Así pues, de acuerdo con el concepto en mención y a la luz del artículo 100 de la Ley 21 de 1992, para la procedencia de la exclusión del IVA en mención, deben darse los siguientes elementos:
• La parte contratante debe corresponder a una entidad territorial y/o una entidad descentralizada del orden departamental o municipal; en otras palabras, se trata de un sujeto calificado.
• A diferencia de la parte contratante, de la parte contratista no se exige calificación alguna, de manera que puede ser una persona natural y/o jurídica, las cuales, adicionalmente, pueden actuar en desarrollo de una figura asociativa.
• Es menester que el contrato celebrado sea uno de obra pública, en los términos del artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
DIAN
Concepto 0065
Enero 26 de 2021
Dian expide el Concepto 0065 de 2021, mediante el cual se pronuncia respecto a los elementos que deben ocurrir para que proceda la exclusión del IVA sobre contratos de obra pública.