Considerando que las funciones desarrolladas por un administrador de propiedad horizontal se ubican dentro de la categoría de servicios, la tarifa de retención aplicable en lo relativo al impuesto sobre la renta y complementario será del 4 % sobre el respectivo pago o abono en cuenta.
DIAN
Concepto 020502
Agosto 02 de 2017
Considerando que las funciones desarrolladas por un administrador de propiedad horizontal se ubican dentro de la categoría de servicios, la tarifa de retención aplicable en lo relativo al impuesto sobre la renta y complementario será del 4 % sobre el respectivo pago o abono en cuenta.