La Dian precisó que el cannabis vendido con fines medicinales, si es exclusivo para ello y cumple con los demás postulados de ley, estará excluido del impuesto sobre las ventas; de no encontrarse excluido, daría lugar a un mayor valor del costo o gasto del bien, según la clasificación arancelaria.
DIAN
Concepto 0267
Marzo 15 de 2018
La Dian precisó que el cannabis vendido con fines medicinales, si es exclusivo para ello y cumple con los demás postulados de ley, estará excluido del impuesto sobre las ventas; de no encontrarse excluido, daría lugar a un mayor valor del costo o gasto del bien, según la clasificación arancelaria.