Respecto al impuesto sobre la renta para los escritores cuya fuente de ingreso son las ventas de libros, de conformidad con el artículo 26 del ET, corresponden a ingresos susceptibles de producir un incremento neto en el patrimonio del beneficiario en el momento de su percepción. Lo anterior, en consecuencia de que ya que no están expresamente exceptuados del impuesto sobre la renta y, por tanto, están sometidos a la retención en la fuente si quien realiza el pago o abono en cuenta tiene la calidad de agente retenedor. En materia de impuesto sobre las ventas, los libros debidamente certificados como de carácter científico y cultural están exentos del IVA; su simple comercialización no causa el impuesto y, por tanto, no debe practicarse retención por dicho impuesto.
DIAN
Concepto 031777
Noviembre 24 de 2017
Los libros debidamente certificados como de carácter científico y cultural están exentos del impuesto sobre las ventas, y su simple comercialización no causa este impuesto, por lo que no debe practicarse retención por dicho impuesto.