El CTCP precisa, para la alternativa del cálculo del impuesto diferido reglamentada en el Decreto 1311 de 2021, que el importe que podrá reclasificarse en el patrimonio es solo el incremento de la tarifa.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 0633
Octubre 10 de 2021
El CTCP precisa, para la alternativa del cálculo del impuesto diferido reglamentada en el Decreto 1311 de 2021, que el importe que podrá reclasificarse en el patrimonio es solo el incremento de la tarifa.