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Concepto 0633 del 21-10-2021

El CTCP precisa, para la alternativa del cálculo del impuesto diferido reglamentada en el Decreto 1311 de 2021, que el importe que podrá reclasificarse en el patrimonio es solo el incremento de la tarifa.

Fecha de publicación: 21 de octubre de 2021
Concepto 0633 del 21-10-2021
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 0633

Octubre 10 de 2021

El CTCP precisa, para la alternativa del cálculo del impuesto diferido reglamentada en el Decreto 1311 de 2021, que el importe que podrá reclasificarse en el patrimonio es solo el incremento de la tarifa. 

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