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Concepto 080 de 01-02-2017

Se aclara que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública no emite ningún tipo de autorización para que las sociedades de contadores públicos puedan ejercer labores de auditoría. Sin embargo, aclara que la inscripción de este tipo de sociedades se debe realizar ante la Junta Central de Contadores tal como lo indica el Decreto 1510 de 1998.

Fecha de publicación: 1 de febrero de 2017
Concepto 080 de 01-02-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 080
Febrero 1 de 2017

Se aclara que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública no emite ningún tipo de autorización para que las sociedades de contadores públicos puedan ejercer labores de auditoría. Sin embargo, aclara que la inscripción de este tipo de sociedades se debe realizar ante la Junta Central de Contadores tal como lo indica el Decreto 1510 de 1998.

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