La Dian reitera que los contribuyentes que en el año gravable objeto de conciliación hayan obtenido ingresos brutos fiscales inferiores a 45.000 UVT, no están obligados a presentar el reporte de conciliación fiscal.
DIAN
Concepto 10618
Abril 24 de 2018
La Dian reitera que los contribuyentes que en el año gravable objeto de conciliación hayan obtenido ingresos brutos fiscales inferiores a 45.000 UVT, no están obligados a presentar el reporte de conciliación fiscal.