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Concepto 1071 del 31-08-2020

Teniendo en cuenta que la declaratoria de inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018, a través de la Sentencia C-481 de 2019, surte efectos a partir del 1 de enero de 2020 y no afecta las situaciones jurídicas consolidadas, el numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario –ET–, sobre rentas de trabajo exentas en el caso de magistrados de tribunales, sus fiscales y procuradores judiciales, está derogado por el año gravable 2019.

Por lo tanto, la Dian precisó que la adición del numeral 7 del artículo 206 del ET mencionado por parte del artículo 32 de la Ley 2010 de 2019 solamente es aplicable a partir del período gravable 2020 y, en esa medida, las disposiciones del Decreto 359 de 2020, por el cual se emitieron novedades reglamentarias en cuanto a retención en la fuente para personas naturales, no es aplicable para el año gravable 2019.

Concepto 1071 del 31-08-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 1071
Agosto 31 de 2020

Dian expidió el Concepto 1071 de 2020 para aclarar que las novedades reglamentarias sobre retención en la fuente para personas naturales no aplican para el año gravable 2019.

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