Dian expide el Concepto 108 de 2021, mediante el cual conceptúa con relación a la deducibilidad del pago de las indemnizaciones por despido con o sin justa causa que provienen de una relación laboral.
Así pues, la deducibilidad del pago de las indemnizaciones por despido con o sin justa causa que provienen de una relación laboral o reglamentaria deberá considerar lo dispuesto en el artículo 107 del Estatuto Tributario, con el fin de analizar en cada caso si se cumplen los presupuestos allí consagrados. Esta norma establece que son deducibles las expensas realizadas durante el año o período gravable en el desarrollo de cualquier actividad productora de renta siempre que tengan relación de causalidad con las actividades productoras de renta y sean necesarias y proporcionadas de acuerdo con cada actividad.
DIAN
Concepto 108
Marzo 26 de 2021
Dian expide el Concepto 108 de 2021, mediante el cual conceptúa con relación a la deducibilidad del pago de las indemnizaciones por despido con o sin justa causa que provienen de una relación laboral.