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Concepto 17303952 de 20-09-2017

La Superintendencia de Industria y Comercio precisa que los datos personales relativos a la salud de los titulares se consideran datos sensibles; la Ley 1581 de 2012 señala los eventos en los que se puede realizar tratamiento de los datos sensibles, esto es, la recolección, el almacenamiento, el uso, la circulación o supresión de los mismos, entre ellos, cuando el titular haya dado su autorización explícita para ello, o cuando exista una ley que releve el consentimiento previo del titular cuando ha establecido la obligatoriedad de un determinado tratamiento de datos personales. Cabe señalar que los responsables del tratamiento de los datos personales tienen la obligación de obtener la autorización por parte del titular al momento de su recolección informándole la finalidad específica del tratamiento, esto es, la recolección, el almacenamiento, la circulación, uso y/o supresión de los mismos a través de mecanismos que garanticen su consulta posterior. Es importante tener en cuenta que no es posible realizar tratamiento de datos más allá de las finalidades aceptadas previamente por el titular.

Concepto 17303952 de 20-09-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 17303952
Septiembre 20 de 2017

Los datos personales relativos a la salud de los titulares se consideran datos sensibles; la Ley 1581 de 2012 señala los eventos en los que se puede realizar el tratamiento de los datos sensibles, esto es, la recolección, el almacenamiento, el uso, la circulación o supresión de los mismos, entre ellos, cuando el titular haya dado su autorización explícita para ello, o cuando exista una ley que releve el consentimiento previo del titular cuando ha establecido la obligatoriedad de un determinado tratamiento de datos personales.

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