La Superintendencia Financiera aclara que cada calificación que se otorgue por parte de una sociedad calificadora de riesgos o valores no puede tener un plazo superior a un año, sin perjuicio de las revisiones periódicas y extraordinarias de dicha calificación.
Superintendencia Financiera
Concepto 2017152280-001
Enero 12 de 2018
La Superintendencia Financiera aclara que cada calificación que se otorgue por parte de una sociedad calificadora de riesgos o valores no puede tener un plazo superior a un año, sin perjuicio de las revisiones periódicas y extraordinarias de dicha calificación.