DIAN. El IVA facturado por los proveedores de bienes y servicios objeto de la certificación expedida por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios debe ser tratado como deducción del Impuesto de Renta.
DIAN
Concepto 2393
30-01-2015
El IVA facturado por los proveedores de bienes y servicios objeto de la certificación expedida por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios debe ser tratado como deducción del Impuesto de Renta.