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Concepto 251 de 20-03-2018

Las propiedades horizontales deben llevar contabilidad, en tanto que se constituyen como personas jurídicas; sus obligaciones se encuentran en el artículo 51 de la Ley 675 de 2001 y en el Decreto 2420 de 2015 se encuentran los requisitos del marco contable que deben aplicar las entidades del grupo 2 y el grupo 3.

Fecha de publicación: 20 de marzo de 2018
Concepto 251 de 20-03-2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 251
Marzo 20 de 2018

Las propiedades horizontales deben llevar contabilidad, en tanto que se constituyen como personas jurídicas; sus obligaciones se encuentran en el artículo 51 de la Ley 675 de 2001 y en el Decreto 2420 de 2015 se encuentran los requisitos del marco contable que deben aplicar las entidades del grupo 2 y el grupo 3.

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