DIAN. Las rentas exoneradas a la luz de la Decisión 578 de la CAN, deben ser entendidas como rentas exentas para la depuración de la base gravable tanto del impuesto sobre la renta y complementario como del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE-.
DIAN
Concepto 34760
04-12-2015
Las rentas exoneradas a la luz de la Decisión 578 de la CAN, deben ser entendidas como rentas exentas para la depuración de la base gravable tanto del impuesto sobre la renta y complementario como del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE-.