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Concepto 378 de 27-04-2018

Los instrumentos de patrimonio no cotizados, que no cumplen las condiciones para considerarse subsidiarias, asociadas, negocios conjuntos, o activos no corrientes mantenidos para la venta, deben ser contabilizados por su valor razonable.

Concepto 378 de 27-04-2018
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 378
Abril 27 de 2018

Los instrumentos de patrimonio no cotizados, que no cumplen las condiciones para considerarse subsidiarias, asociadas, negocios conjuntos, o activos no corrientes mantenidos para la venta, deben ser contabilizados por su valor razonable.

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