El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que los libros y papeles del comerciante deben conservarse por un período de 10 años, desde la fecha del último asiento, documento o comprobante.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 451
Mayo 22 de 2018
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que los libros y papeles del comerciante deben conservarse por un período de 10 años, desde la fecha del último asiento, documento o comprobante.