En la reestructuración de deuda existen dos posibilidades: 1) que los términos de la nueva deuda sean diferentes a los de la deuda original, por lo cual la deuda antigua se da de baja en el balance, y la nueva se reconoce por su valor razonable; y 2) cuando los términos no sean diferentes, la deuda antigua no se da de baja y se modifica el tipo de interés.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 525
Junio 17 de 2018
En la reestructuración de deuda existen dos posibilidades: 1) que los términos de la nueva deuda sean diferentes a los de la deuda original, por lo cual la deuda antigua se da de baja en el balance, y la nueva se reconoce por su valor razonable; y 2) cuando los términos no sean diferentes, la deuda antigua no se da de baja y se modifica el tipo de interés.