Al resolver consulta, la DIAN señala que considerando que la corporación colombiana de investigación agropecuaria –CORPOICA– se enmarca dentro del artículo 23 del ET, modificado por el artículo 145 de la Ley 1819 de 2016, como entidad no contribuyente del impuesto sobre la renta obligada a presentar la declaración de ingresos y patrimonio anualmente dento de los plazos que señale el Gobierno Nacional, y en concordancia con el literal b) del artículo 369 del ET no está sujeta a retención en la fuente, y por ende, los recursos provenientes de los rendimientos financieros que se generan por el Sistema General de Regalías que se mantienen en cuentas de ahorros o en la cuenta maestra, no están sujetos a retención en la fuente.
DIAN
Concepto 005321
Marzo 14 de 2017
La DIAN precisa que los recursos provenientes de los rendimientos financieros que se generan por el Sistema General de Regalías que se mantienen en cuentas de ahorros o en la cuenta maestra, no están sujetos a retención en la fuente.