El CTCP se pronuncia frente a la aplicación de la NIIF 16, para lo cual concluye que el arrendador debe clasificar sus arrendamientos como operativos o financieros, teniendo en cuenta la esencia del contrato de arrendamiento.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 541
Julio 27 de 2018
El CTCP se pronuncia frente a la aplicación de la NIIF 16, para lo cual concluye que el arrendador debe clasificar sus arrendamientos como operativos o financieros, teniendo en cuenta la esencia del contrato de arrendamiento.