El CTCP reitera que los descuentos a los copropietarios con motivo del pago oportuno de las cuotas ordinarias se deben reconocer como un menor valor de los ingresos brutos.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 601
Julio 07 de 2018
El CTCP reitera que los descuentos a los copropietarios con motivo del pago oportuno de las cuotas ordinarias se deben reconocer como un menor valor de los ingresos brutos.