Los contadores públicos independientes que en sus actuaciones profesionales distintas de la revisoría fiscal realicen trabajos de auditoría de información financiera, revisión de información financiera histórica, otros trabajos de aseguramiento u otros servicios profesionales, aplicarán las NIA, las NITR, las ISAE o las NISR, contenidas en el anexo 4 del Decreto 2420 de 2015, según corresponda.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 640
Julio 26 de 2017
Los contadores públicos independientes que en sus actuaciones profesionales distintas de la revisoría fiscal realicen trabajos de auditoría de información financiera, revisión de información financiera histórica, otros trabajos de aseguramiento u otros servicios profesionales, aplicarán las NIA, las NITR, las ISAE o las NISR, contenidas en el anexo 4 del Decreto 2420 de 2015, según corresponda.