Los pagos por concepto de transporte podrían reconocerse como costo, gasto o mayor valor del bien o servicio adquirido, según corresponda. Cabe resaltar que el reconocimiento contable estará definido conforme a la política contable de la entidad.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 683
Septiembre 12 de 2018
Los pagos por concepto de transporte podrían reconocerse como costo, gasto o mayor valor del bien o servicio adquirido, según corresponda. Cabe resaltar que el reconocimiento contable estará definido conforme a la política contable de la entidad.