En la presente doctrina el CTCP sugiere que las firmas de revisoría fiscal deben tener presentes los artículos 1, 2, 4 y 5 de la Ley 43 de 1990, que se refieren a las obligaciones de las sociedades de contadores públicos y la NICC 1 en relación con la firma de auditoría.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 722
Septiembre 11 de 2018
En la presente doctrina el CTCP sugiere que las firmas de revisoría fiscal deben tener presentes los artículos 1, 2, 4 y 5 de la Ley 43 de 1990, que se refieren a las obligaciones de las sociedades de contadores públicos y la NICC 1 en relación con la firma de auditoría.