El CTCP reitera que el impuesto a la riqueza debe ser reconocido en su totalidad al inicio, el correspondiente a los años 2015, 2016, 2017 y 2018, se registra como un pasivo en el año 2015 para las entidades del grupo 1, y en el año 2016 para las entidades del grupo 2.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 729
Septiembre 18 de 2018
El CTCP reitera que el impuesto a la riqueza debe ser reconocido en su totalidad al inicio, el correspondiente a los años 2015, 2016, 2017 y 2018, se registra como un pasivo en el año 2015 para las entidades del grupo 1, y en el año 2016 para las entidades del grupo 2.