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Concepto 007444 de 03-04-2017

De acuerdo con lo establecido en el artículo 114-1 del ET, los usuarios comerciales que tributen a la tarifa general del impuesto sobre la renta del 33% y los usuarios de zona franca que liquiden la tarifa del impuesto sobre la renta del 20%, tienen derecho a la exoneración del pago de aportes parafiscales a favor del SENA, del ICBF y de las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud. Cabe señalar que tal exoneración no aplica a los usuarios de nuevas zonas francas establecidas en el municipio de Cúcuta, pues al tener una tarifa del 15% para el impuesto de renta, no cumplen con los parámetros establecidos en el parágrafo tercer del artículo 114-1 del ET para tener derecho a la misma; dicha exoneración tampoco aplica a los usuarios que hayan suscrito contratos de estabilidad jurídica.

Fecha de publicación: 3 de abril de 2017
Concepto 007444 de 03-04-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 007444
Abril 3 de 2017

Los usuarios comerciales que tributen a la tarifa general del impuesto sobre la renta del 33% y los usuarios de zona franca que liquiden la tarifa del impuesto sobre la renta del 20%, tienen derecho a la exoneración del pago de aportes parafiscales a favor SENA, ICBF y las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud.

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