El CTCP concluye que el impuesto predial no se puede reconocer como un activo, ya que no va a generar beneficios económicos futuros para la entidad. Por ello debe ser reconocido como un gasto.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 806
Octubre 24 de 2018
El CTCP concluye que el impuesto predial no se puede reconocer como un activo, ya que no va a generar beneficios económicos futuros para la entidad. Por ello debe ser reconocido como un gasto.