El CTCP recordó que un contador público que haya ejercido el cargo de revisor fiscal en una entidad estaría inhabilitado para prestarles servicios profesionales como asesor, empleado o contratista a personas naturales o jurídicas a quienes haya auditado o controlado en su carácter de funcionario público o revisor fiscal.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 807
Septiembre 12 de 2019
El CTCP recordó que un contador público que haya ejercido el cargo de revisor fiscal en una entidad estaría inhabilitado para prestarles servicios profesionales como asesor, empleado o contratista a personas naturales o jurídicas a quienes haya auditado o controlado en su carácter de funcionario público o revisor fiscal.