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Concepto 835 de 03-10-2018

El CTCP aclara que una entidad debe excluir de los ingresos de actividades ordinarias todos los importes recibidos por cuenta de terceras partes, tales como impuestos sobre las ventas, sobre productos o servicios, o sobre el valor añadido.

Fecha de publicación: 3 de octubre de 2018
Concepto 835 de 03-10-2018
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 835
Octubre 03 de 2018

El CTCP aclara que una entidad debe excluir de los ingresos de actividades ordinarias todos los importes recibidos por cuenta de terceras partes, tales como impuestos sobre las ventas, sobre productos o servicios, o sobre el valor añadido.

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