El CTCP concluye que las entidades al final de cada período deben evaluar la existencia de indicadores de deterioro. En caso de existir algún indicador, deberán medir el importe recuperable del instrumento de patrimonio y reconocer una pérdida por deterioro de valor.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 878
Noviembre 13 de 2018
El CTCP concluye que las entidades al final de cada período deben evaluar la existencia de indicadores de deterioro. En caso de existir algún indicador, deberán medir el importe recuperable del instrumento de patrimonio y reconocer una pérdida por deterioro de valor.