El parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 1797 de 2016 estableció una excepción para el reconocimiento de los recursos del subsidio monetario, el cual modifica el concepto de causación y los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos contenidos en los marcos de información financiera, y tiene efecto en la representación fiel y pertinencia de los informes financieros de propósito general elaborados por estas entidades.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 893
Octubre 19 de 2017
El parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 1797 de 2016 estableció una excepción para el reconocimiento de los recursos del subsidio monetario, el cual modifica el concepto de causación y los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos contenidos en los marcos de información financiera, y tiene efecto en la representación fiel y pertinencia de los informes financieros de propósito general elaborados por estas entidades.