La Dian reiteró que, «de conformidad con el artículo 1.6.5.3.4.6. del Decreto 1925 de 2017 el cual estipula la regulación de la celebración de los contratos con terceros, es el contribuyente quien deberá celebrar los contratos necesarios para la ejecución de las obras dentro de los que se encuentran el de gerencia del proyecto y el de interventoría, puesto que así lo menciona el precepto legal».
DIAN
Concepto 8964
Abril 11 de 2018
La Dian reiteró que, «de conformidad con el artículo 1.6.5.3.4.6. del Decreto 1925 de 2017 el cual estipula la regulación de la celebración de los contratos con terceros, es el contribuyente quien deberá celebrar los contratos necesarios para la ejecución de las obras dentro de los que se encuentran el de gerencia del proyecto y el de interventoría, puesto que así lo menciona el precepto legal».