Los consorcios pueden asimilarse al concepto de acuerdo conjunto, de las normas internacionales de información financiera. Para que un acuerdo conjunto exista, siempre se requerirá la existencia de un acuerdo contractual y la decisión de las parte de compartir el control.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 998
Noviembre 20 de 2017
Los consorcios pueden asimilarse al concepto de acuerdo conjunto, de las normas internacionales de información financiera. Para que un acuerdo conjunto exista, siempre se requerirá la existencia de un acuerdo contractual y la decisión de las parte de compartir el control.