En esta conferencia, la Dra. María Camila Zambrano señala que en casi todas las sociedades conyugales suele haber un patrimonio común, compuesto por activos (apartamentos, casas, vehículos, terrenos) adquiridos durante el matrimonio. Una de las figuras existentes para proteger los bienes en un matrimonio son las capitulaciones. Estas se firman antes de contraer matrimonio y […]
En esta conferencia, la Dra. María Camila Zambrano señala que en casi todas las sociedades conyugales suele haber un patrimonio común, compuesto por activos (apartamentos, casas, vehículos, terrenos) adquiridos durante el matrimonio.
Una de las figuras existentes para proteger los bienes en un matrimonio son las capitulaciones. Estas se firman antes de contraer matrimonio y se relaciona con el aporte de bienes inmuebles a la sociedad conyugal, también aplica para donaciones entre la pareja.
Las capitulaciones matrimoniales son una convención o contrato que celebran los esposos antes de contraer matrimonio y a través de un inventario establece qué bienes se aportan al matrimonio y a las donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, tanto en el presente como en el futuro.
Este proceso se deberá llevar a cabo con una antelación de seis meses de firmar el acta de compromiso, es decir, no aplica para procesos de divorcio, ni en caso de que se quiera hacer la exoneración el mismo día en que se firma la sociedad matrimonial.
Zambrano es Abogada de la Universidad La Gran Colombia. Especialista en Derecho de Familia y Candidata a Magister en Derecho de Familia de la Universidad Antonio Nariño. Experiencia como docente y coordinadora de internacionalización de la Facultad de Derecho de la Universidad La Gran Colombia. Actualmente es docente y coordinadora nacional de extensión de la Facultad de Derecho de la Universidad Antonio Nariño y directora de la Maestría en Derecho de Familia.