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Contabilidad para microempresas: 5 casos especiales según el Estándar Internacional

El simplificado marco normativo para las microempresas está disponible para consulta en el Anexo 3 del Decreto 2420 del 2015; dicho documento contiene toda la reglamentación a la que deberán atender estas pequeñas entidades a la hora de preparar su información financiera.

Fecha de publicación: 24 de agosto de 2016
Contabilidad para microempresas: 5 casos especiales según el Estándar Internacional
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El simplificado marco normativo para las microempresas está disponible para consulta en el Anexo 3 del Decreto 2420 del 2015; dicho documento contiene toda la reglamentación a la que deberán atender estas pequeñas entidades a la hora de preparar su información financiera.

Reconocimiento de preoperativos en microempresas

Las erogaciones que la entidad realiza para gestionar los documentos de constitución entran en el grupo de los preoperativos; para determinar su reconocimiento, debe tenerse presente que todo costo en el cual una entidad incurra se podrá reconocer como activo si cumple con esa definición que ha sido establecida en el Estándar Internacional para Pymes, que en este caso, como se dijo inicialmente, atenderá lo establecido en el Anexo 3 del Decreto Único Reglamentario 2420 del 2015.

Aportes sociales: primera transacción de una nueva microempresa

La primera operación empresarial que se asienta en los libros contables es la relacionada con el registro de los aportes de los socios a la compañía; estos pueden ser realizados de múltiples maneras, como en efectivo, materias primas, fuerza laboral, mercancías, etc. Así pues, su clasificación dependerá de la naturaleza del activo recibido y para determinar su valor se debe atender a otros criterios que no fueron indicados en el Estándar para microempresas.

Criterios a tener en cuenta por microempresa para el tratamiento de cartera

Así como en las Pymes y los Plenos, los microempresarios deben estar pendientes del deterioro de su cartera; el trabajo a realizar al final del año es comprobar que dicha cartera realmente existe y corresponde a la definición de lo que es un instrumento financiero –toda vez que constituye un derecho a cobrar– y finalmente debe comprobarse si la cartera se va a recaudar.

Activos y pasivos financieros en NIF para microempresas

Un análisis parcial de las indicaciones contenidas en el Capítulo 7 de la NIF para microempresas, específicamente en la parte del alcance de la norma, permite evidenciar que la definición que se le está dando a las cuentas por cobrar es la misma de los activos financieros que se identifica en el Estándar Internacional para Pymes y en los Plenos. Igualmente ocurre con el Capítulo 10 de obligaciones financieras y cuentas por pagar en relación a los pasivos financieros.

Conciliación del patrimonio contenida en el párrafo 15.11 de la NIF para microempresas

El marco de contabilidad simplificada solicita una conciliación entre el patrimonio determinado de acuerdo con el marco contable anterior y el que ha sido tratado según las indicaciones de la Norma de Información Financiera para microempresas a la fecha de transición, es decir, el 1 de enero del 2015.