Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Cuando se contrata a un aprendiz del Sena, ¿qué pagos le corresponde realizar a la empresa tanto en la fase lectiva como productiva?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Cuando se contrata a un aprendiz del Sena, ¿qué pagos le corresponde realizar a la empresa tanto en la fase lectiva como productiva?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que a las empresas que ocupan un número no inferior a 15 trabajadores se les obliga a vincular personal en calidad de aprendices, como por ejemplo los que se encuentran adelantando sus estudios a través de la entidad del Sena, los cuales deben cursar dos etapas: la lectiva y la productiva.
Ahora bien, cuando una empresa contrata a un aprendiz en fase lectiva, a este se le debe pagar una cuota de sostenimiento que varía año tras año según la tasa de desempleo y a su vez esta persona debe tener cobertura en salud, pero si el aprendiz es contratado en fase productiva, adicionalmente debe afiliarse a la ARL.
Por otro lado, se precisa que las empresas que no cumplen con el número de trabajadores para quedar obligados, pueden vincular aprendices de forma voluntaria, siempre y cuando se cumpla con las disposiciones que regulan la contratación de este tipo de personas.