El contrato de adhesión se encuentra definido en la Ley 1328 de 2009, en la que se establece que es un contrato elaborado unilateralmente por la entidad vigilada y cuyas cláusulas y/o condiciones no pueden ser discutidas libre y previamente por los clientes, limitándose estos a expresar su aceptación o a rechazarlos en su integridad.
El contrato de adhesión se encuentra definido en la Ley 1328 de 2009, en la que se establece que es un contrato elaborado unilateralmente por la entidad vigilada y cuyas cláusulas y/o condiciones no pueden ser discutidas libre y previamente por los clientes, limitándose estos a expresar su aceptación o a rechazarlos en su integridad.
Algunos ejemplos del contrato de adhesión son los llamados contratos de suministro de servicios públicos tales como: energía eléctrica, agua corriente, gas, telefonía, entre otros; y/o la mayoría de los contratos de seguro y contratos bancarios.
Características:
Las cláusulas o estipulaciones del contrato de adhesión no pueden:
Para los casos en los que se estipulen o utilicen cláusulas abusivas en un contrato de adhesión, se entenderá por no escrita o sin efectos para el consumidor financiero.