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Contrato de concesión comercial, características

Este contrato busca que un empresario, llamado concedente, se obligue a otorgar a otro, denominado concesionario, la distribución de sus productos, recibiendo este último como contraprestación un precio fijo o un porcentaje del valor de venta fijado por el concedente.

Fecha de publicación: 4 de septiembre de 2017
Contrato de concesión comercial, características
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El contrato de concesión comercial es un contrato atípico que no se encuentra regulado por la legislación comercial colombiana, pese a que algunos doctrinantes han querido enmarcarlo dentro de las formas contractuales conocidas y desarrolladas legalmente, entre las que se cuentan la compraventa, el mandato, la agencia comercial, el suministro, etc.

Dicha modalidad, cumple una función económica que consiste en la entrega o distribución comercial de bienes para que sean vendidos, la mayoría de las veces con especiales y altos componentes tecnológicos (este es un contrato usado por los concesionarios y en general por el mercado automotriz), y se pacta entre un fabricante o importador con otra empresa, dedicada primordialmente al mercadeo.

Características

  1. Es oneroso, toda vez que las dos partes buscan una utilidad y mutuamente se gravan, cada una en beneficio de la otra.
  2. Es bilateral, pues las obligaciones que se generan desde el comienzo incumben a las dos partes contratantes
  3. Es consensual, pues al no estar regulado por la ley las partes quedan en la libertad de expresar bajo cualquier forma sus actos negociables; implicando gran confianza entre los empresarios.

Clases

Se puede decir que en la concesión comercial no necesariamente se transfieren unos bienes para su reventa, sino que perfectamente se pueden pactar concesiones en las cuales el concesionario simplemente adquiere los bienes previamente colocados entre el público, o bien puede pactarse que el concedente despache a los adquirentes los bienes que previamente sean vendidos por el concesionario, sin que pasen por las manos de este.

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