La contabilización de los contratos de suministro depende de las condiciones acordadas en los mismos. Hay que tener cuidado al evaluar las cláusulas con descuentos por volumen o similares, servicios relacionados o utilización de activos para el desarrollo de este contrato.
“Firmar un contrato de suministro no conlleva en sí mismo el reconocimiento contable de ninguna partida, pero se deben revisar las condiciones establecidas en el acuerdo”Tweet ThisLa contabilización de los contratos de suministro depende de las condiciones acordadas en los mismos. Hay que tener cuidado al evaluar las cláusulas con descuentos por volumen o similares, servicios relacionados o utilización de activos para el desarrollo de este contrato.
Firmar un contrato de suministro no conlleva en sí mismo el reconocimiento contable de ninguna partida, pero se deben revisar las condiciones establecidas en el acuerdo. Estas pueden transformarse en mediciones especiales de los ingresos para el vendedor y de los costos para el comprador.
Según el párrafo 23.3 del Estándar para Pymes, los ingresos deben medirse por el valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir, y debe considerarse como menor valor del ingreso cualquier descuento por pronto pago, por volumen o por cualquier otro concepto, siempre que se haya negociado desde el inicio.
El comprador, al igual que el vendedor, debe realizar juicios para determinar si considera el descuento desde las compras iniciales. Dicho esto, y ya que el comprador tiene expectativas de adquirir un volumen de mercancías que le permita obtener las unidades obsequiadas, entonces considerará, desde las compras iniciales, el menor valor de costo por concepto de las unidades promocionales.