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Costos y deducciones aplicables para cada cédula (Caso práctico)

Para los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad, las deducciones realizadas fiscalmente son los gastos devengados contablemente en el año o período gravable que cumplan los requisitos señalados en el artículo 105 del Estatuto Tributario.

Costos y deducciones aplicables para cada cédula (Caso práctico)
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Para los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad, las deducciones realizadas fiscalmente son los gastos devengados contablemente en el año o período gravable que cumplan los requisitos señalados en el artículo 105 del Estatuto Tributario. 

De conformidad con el artículo 1.2.1.20.4. del DUR 1625 de 2016 las deducciones corresponden a aquellas autorizadas de manera taxativa por la ley y que no están comprendidas dentro del concepto de costos y gastos establecidos en el artículo 1.2.1.20.5., del mismo decreto. 

Las rentas de trabajo podrán detraer las deducciones establecidas en el inciso 6° del artículo 126-1 y el artículo 387 del ET., la deducción por dependientes a que se refiere este último artículo solo será aplicable para aquellos ingresos provenientes por rentas de trabajo y el GMF será deducible de conformidad con el inciso 2 del artículo 115 del ET. 

En las rentas de pensiones no se encuentra autorizada ninguna deducción, de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 337 del ET. 

Por su parte, el artículo 1.2.1.20.5. del mismo decreto, indica que los costos y gastos que se pueden restar corresponden a todas aquellas erogaciones en que se incurra para la obtención del ingreso y que cumplen todos los requisitos y limitaciones para su procedencia de conformidad con lo establecido en el ET. Para las cédulas correspondientes a las rentas de trabajo, de pensiones y dividendos y participaciones, no le son aceptados costos y gastos, de conformidad con los artículos 336, 337 y 343 del Estatuto Tributario. 

Objetivos  

  1. Identificar las deducciones aplicables para las rentas de trabajo, pensiones, capital, no laborales, dividendos y participaciones. 
  2. Mencionar la depuración de cada una de las rentas cedulares. 
  3. Indicar la tarifa de la renta de personas naturales residentes por dividendos y participaciones.  

Temario 

  • Reglas para el manejo de las cédulas  
  • Ingresos de las rentas de trabajo, rentas de pensiones y rentas de capital  
  • Ingresos de las rentas no laborales y de dividendo y participaciones  
  • Depuración de cada una de las rentas  
  • Tarifa de renta persona natural residentes – dividendos y participaciones utilidades causados 2017 y siguientes  
  • Deducciones tomadas por las personas naturales residentes  
  • Ejemplo persona natural residente régimen de transición  
  • Depreciación activos adquiridos a partir de 2017 
  • Obsolescencia  
  • Obligados a llevar contabilidad – realización fiscal costos y deducciones 
  • Pérdidas fiscales persona natural residente  

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