El empleador puede asumir el pago de un auxilio extralegal, aunque no se encuentre obligado, para trabajadores que durante la ejecución de sus funciones deban trasladarse de su sitio de trabajo, o porque sea una política de la empresa concederlo a todos los trabajadores.
El empleador puede asumir el pago de un auxilio extralegal, aunque no se encuentre obligado, para trabajadores que durante la ejecución de sus funciones deban trasladarse de su sitio de trabajo, o porque sea una política de la empresa concederlo a todos los trabajadores.
El auxilio de transporte es una prestación económica concedida al trabajador. Tiene como objetivo subsidiar el costo de su movilización, desde su hogar hasta el lugar de trabajo. Esta prestación no hace parte del salario (parágrafo del artículo 2 de la Ley 15 de 1959), al no constituir ingreso para el empleado. Así las cosas, no se incluye para el cálculo de seguridad social ni parafiscales, aunque sí debe tenerse en cuenta al momento de liquidar las prestaciones sociales tal como lo indica el artículo 7 de la Ley 1ª de 1963.
El auxilio de transporte puede encuadrarse en dos categorías, a saber:
Frente a lo anterior, han surgido numerosas y diversas confusiones alrededor de este beneficio, particularmente por parte de los empleadores. Entendiendo que el no pago de este derecho trae consigo sanciones para el empleador, se hace necesario que este conozca aquellos casos en los cuales es obligatorio el pago de estas acreencias laborales, y en cuáles no.
En el especial Auxilio de transporte no solo conocerá los aspectos básicos que giran alrededor a este tema; también podrá comprender cuándo no hay lugar al pago del auxilio de transporte, cómo procede este beneficio durante las vacaciones de semana santa, en trabajos de medio tiempo o cuando el empleado cuenta con un salario variable; qué sucede con dicho auxilio cuando el trabajador se cambia de ciudad, o cuando este último se encuentra en un período de incapacidad; en qué consisten los auxilios de transporte extralegales, entre otras cuestiones, que esperamos sean de gran utilidad en el desarrollo de su labor.
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