Con el Decreto 129 de 2010 por el Estado de Emergencia Social, las cuentas de cobro o facturas que presenten contratistas, deben transcribir el número de planilla con que pagaron seguridad social. Si la empresa no exige eso, el valor que pague NO podrá deducirlo.
Con el Decreto 129 de 2010 por el Estado de Emergencia Social, las cuentas de cobro o facturas que presenten contratistas, deben transcribir el número de planilla con que pagaron seguridad social. Si la empresa no exige eso, el valor que pague NO podrá deducirlo.
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