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Declaración de IVA 2015 se presentó con periodicidad diferente a la correspondiente

Una declaración del IVA de 2015 fue presentada con una periodicidad diferente a la que le correspondía, en este caso ¿es posible acceder a la oportunidad contemplada en el artículo 273 de la Ley 1819 de 2016?

Resuelta 26 de enero de 2017

Fecha de publicación: 3 de marzo de 2017
Declaración de IVA 2015 se presentó con periodicidad diferente a la correspondiente
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.


Una declaración del IVA de 2015 fue presentada con una periodicidad diferente a la que le correspondía, en este caso ¿es posible acceder a la oportunidad contemplada en el artículo 273 de la Ley 1819 de 2016?  

Resuelta 26 de enero de 2017

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios precisa que luego de la entrada en vigor de la Ley 1819 de 2016, fueron dispuestas dos periodicidades de IVA para efectos de la presentación de la declaración por concepto de dicho impuesto según lo establecido en el artículo 600 del Estatuto Tributario, las cuales corresponden a la periodicidad bimestral y cuatrimestral, eliminándose la anual.

Igualmente es válido mencionar que las declaraciones de IVA presentadas al 30 de noviembre de 2016, que fueron catalogadas como ineficaces por parte de la Dian y que cumplen con la totalidad de requisitos establecidos en el artículo 273 de la Ley 1819 de 2016, podrán ser presentadas sin la obligación de tener que efectuar pagos adicionales por concepto de extemporaneidad.