En las declaraciones de renta del año gravable 2017 y siguientes de las personas naturales se empieza a dar más importancia al tipo de ingreso o renta que estas personas perciben, motivo por el cual se diseñaron cinco cédulas que tienen limitaciones en las rentas exentas y deducciones a aplicar.
En torno a la realización del ingreso, es de recordar que la reforma tributaria modificó los artículos 27 y 28 del ET para establecer lineamientos sobre el tema tanto para los no obligados a llevar contabilidad como para los obligados a llevar contabilidad.
Por otra parte, también se presentaron cambios en las cuantías para que una persona natural no quede obligada a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario. De esta manera, los requisitos de consumos con tarjeta de créditos; las compras y consumos totales; y, las consignaciones, depósitos e inversiones quedaron unificados a 1.400 UVT (equivalentes a $44.603.000 por el año gravable 2017).
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