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Decreto 2206 de 26-12-2017

El parágrafo 1 del artículo 145 de la Ley 488 de 1998 establece que los valores absolutos que sirven de base para aplicar las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores, deben ser reajustados anualmente por el Gobierno Nacional. En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2206 del 26 de diciembre de 2017, con el cual señala que, a partir del 1 de enero de 2018 los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores son las siguientes: vehículos particulares hasta $45.272.000 1,5%; vehículos particulares de más de $45.272.000 y hasta $ 101.860.000 2,5%; y vehículos particulares de más de $101.860.000 3,5%.

Decreto 2206 de 26-12-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto 2206
Diciembre 26 de 2017

Por el cual se reajustan los valores absolutos del impuesto sobre vehículos automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2018.

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